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Cambios en el Monotributo Productivo: Detalles y Beneficiarios

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha oficializado una serie de modificaciones en el Monotributo productivo a través de la resolución 5415 publicada en el Boletín Oficial. Esta medida, que se suma al DNU 444, tiene como objetivo reducir las cargas obligatorias para los trabajadores informales, permitiéndoles acceder a una cobertura social.

Principales Cambios:

  • Durante los primeros tres años, los pequeños contribuyentes que se adhieran al régimen previsto para el trabajador independiente deberán pagar el 1% de sus ingresos brutos mensuales.
  • Los trabajadores informales que reciben la Tarjeta Alimentar, proporcionada por el Ministerio de Desarrollo Social y pagada por ANSES, ahora podrán acceder a este tipo de Monotributo. Anteriormente, no se permitía el acceso a aquellos que tenían “otros ingresos de cualquier naturaleza”.
  • Los trabajadores independientes que son contribuyentes del Monotributo productivo están exentos del pago del impuesto integrado. Antes de la modificación, se contemplaba un pago del 5% mensual de lo facturado que se destinaba a los aportes jubilatorios. Con la nueva resolución, durante los primeros tres años de adhesión a este régimen, los trabajadores informales pagarán el 1% de los ingresos brutos mensuales y podrán hacer un aporte para acceder a una obra social. Si el monto supera el 25% del importe correspondiente a la cotización previsional que deben ingresar los monotributistas, la cuota se limitará a ese monto.
  • Tras los tres años, la cuota de inclusión social aumentará al 2,5% de los ingresos brutos mensuales, sin poder superar el monto de la cotización previsional correspondiente a los pequeños contribuyentes. Esta diferencia será financiada por el Ministerio de Desarrollo Social, en el caso de aquellos trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (Renatep).

¿Quiénes pueden acceder al Monotributo productivo? Está dirigido a personas que realizan actividades informales sin un local estable, es decir, que elaboran o transforman materias primas en la vía pública o en su vivienda. Para acceder, deben cumplir con ciertos requisitos como ser mayor de 18 años, desarrollar exclusivamente una actividad independiente como única fuente de ingresos, no contar con un local ni empleados, y no ser contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Las actividades contempladas en este régimen incluyen artesanos, albañiles, agricultores, cocineros, enfermeros, jardineros, pintores, zapateros, vendedores ambulantes, entre otros.

Con estos cambios, se busca brindar una mayor inclusión y beneficios a los trabajadores informales, permitiéndoles acceder a una cobertura social, seguro de riesgo de trabajo y aporte jubilatorio.