El Ministro de Economía, Sergio Massa, ha dado a conocer una serie de iniciativas con el objetivo de mitigar el efecto de la devaluación en los ingresos de trabajadores, jubilados y beneficiarios de la AUH y otras prestaciones otorgadas por ANSES. Esta medida consiste en un pago extraordinario que se realizará en dos meses.
Se ha establecido un monto total de $60.000, que se dividirá en dos pagos de $30.000 cada uno. Estos pagos se efectuarán en los meses de septiembre y octubre. Es importante mencionar que este monto es no remunerativo y se concederá por única vez, siendo absorbido por las negociaciones colectivas. Los beneficiarios de esta medida serán aquellos trabajadores con salarios netos de hasta $400.000 al mes.
Para los empleados del sector privado, el gobierno asumirá el costo a través de un pago a cuenta de contribuciones para Microempresas (100%) y Pequeñas Empresas (50%).
La Ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, proporcionó más detalles sobre el bono de $60.000 para empleados de los sectores público y privado. El bono se pagará de manera proporcional a los ingresos netos. Por ejemplo, aquellos con un salario neto de $370.000 recibirán el bono completo, mientras que quienes ganen $380.000 recibirán $20.000 cada mes y aquellos con un salario de $390.000 recibirán $10.000 mensualmente.
Además, Massa explicó que el gobierno financiará entre el 50% y el 100% de este pago extraordinario para las empresas, dependiendo de si son PyME o MicroPyME, descontándolo de las contribuciones patronales. También se mencionó la ampliación de una línea de crédito y la implementación del Legajo Único Financiero para mejorar el acceso al crédito de las PyMEs.
Las empresas con más de 100 o 110 empleados, según el sector, deberán asumir el costo del bono por sí mismas. Se espera que el pago correspondiente a septiembre se acredite dentro de los primeros 15 días hábiles del mes. Si las empresas ya han iniciado o completado el proceso de liquidación de salarios, deberán realizar el pago a través de un recibo complementario. El pago de septiembre debe realizarse junto con los salarios de ese mes en octubre.