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EL GOBIERNO IMPLEMENTARÁ CAMBIOS EN LA TABLA DE INCAPACIDADES LABORALES A PARTIR DE FEBRERO DE 2026

El Gobierno nacional aprobó una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales que reemplazará al sistema vigente desde 1996. La medida fue oficializada mediante el Decreto 549/2025 y entrará en vigencia a partir de febrero de 2026, aplicándose a toda valoración de incapacidad laboral no dictada hasta ese momento, sin importar su instancia administrativa o judicial.

La actualización fue avalada por el Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y busca garantizar criterios uniformes en todo el país. Según el texto oficial, la modificación responde a la necesidad de adaptar los criterios a los avances médicos, científicos y tecnológicos, y apunta a otorgar mayor objetividad y precisión en la valoración del daño físico y psíquico del trabajador.

Cambios clave en la normativa

  • Elimina los intervalos en las tablas y asigna valores porcentuales específicos para cada secuela.
  • Aplica la metodología de “Capacidad Restante” salvo indicación contraria en la tabla.
  • Incorpora factores de ponderación como edad del trabajador, tipo de actividad y posibilidad de reubicación laboral.
  • Incluye un plus por edad, entre 2% y 5%.

Entre los capítulos principales figuran criterios para piel, sistema osteoarticular, oftalmología, otorrinolaringología, sistema cardiovascular, digestivo, nervioso, hematopoyético, psiquiatría, oncología, entre otros.

Ejemplos de evaluación y métodos utilizados

  • En oftalmología, se usará la Tabla de Sená para medir disminución de agudeza visual.
  • Para otorrinolaringología, se adoptará la tabla de la American Academy of Otolaryngology (1979) homologada por la AMA (1984).
  • En psiquiatría, se prevé un máximo del 50% de incapacidad en casos de síntomas psicóticos vinculados a eventos traumáticos.
  • En oncología, se utilizará la clasificación TNM y se considerará también el impacto psíquico.

La tabla también incluye ejemplos prácticos, como el de un trabajador de 22 años con fractura de húmero sin secuelas, cuya incapacidad total se calcula en un 9,12% tras aplicar los factores correspondientes.

Organización e implementación

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) estará a cargo de dictar las normas complementarias y coordinar planes de difusión y formación para profesionales de salud. Las provincias están invitadas a conformar o integrar Cuerpos Médicos Forenses conforme a la Ley 27.348.

El decreto también prohíbe la exigencia de estudios invasivos para evaluar secuelas incapacitantes y aclara que no se podrán requerir exámenes de ese tipo, incluso si no se realizaron previamente.

El nuevo esquema busca reducir la discrecionalidad de los evaluadores, asegurar evaluaciones consistentes y promover la igualdad de trato entre trabajadores. Los peritos médicos oficiales no tendrán su remuneración vinculada al monto del pleito, garantizando así mayor imparcialidad en sus dictámenes.

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