EL GOBIERNO AJUSTA EL CÁLCULO DE INDEMNIZACIONES POR DESPIDO EXCLUYENDO BONOS Y HORAS EXTRAS
Se establece un nuevo criterio que limita la base salarial para la liquidación por antigüedad, excluyendo conceptos adicionales.

El Gobierno nacional ha modificado el régimen de indemnizaciones laborales mediante un decreto que restringe los conceptos que se toman en cuenta para calcular la liquidación por antigüedad. La nueva norma establece que solo se considerará el salario básico convencional y las sumas remunerativas normales, habituales y mensuales, excluyendo premios, bonos, aguinaldo y horas extras.
Entre los conceptos excluidos se encuentran la participación en ganancias, el plus vacacional, las sumas no remunerativas y cualquier otro pago extraordinario. Además, se incorpora una cláusula que aclara que no se integrará a la indemnización cualquier concepto que no se abone de manera normal, habitual y mensual.
Los expertos advierten que quienes perciben un sueldo fijo mensual verán pocos cambios, mientras que aquellos con ingresos que incluyen conceptos variables podrían experimentar una reducción significativa en la indemnización en caso de despido.
Desde el ámbito gubernamental, se sostiene que esta iniciativa aportará previsibilidad a las empresas y disminuirá la litigiosidad en el ámbito laboral. Sin embargo, abogados laboralistas y representantes de la Confederación General del Trabajo (CGT) han manifestado que esta medida recortará los montos que se pueden cobrar.
La implementación de esta norma anticipa futuros debates en el ámbito judicial, donde los tribunales de la Justicia Nacional del Trabajo deberán determinar el alcance real de la habitualidad de los pagos en cada caso particular.
